Artículo de opinión: El servicio de grúa y sus irregularidades.
by Ciutadans Vallès Occidental — 13 gener 2014 @
14:50
La Constitución española de 1978 proclama que las Administraciones sirven al interés público general con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, y con respeto a los principios de buena fe y confianza legítima. Asimismo, el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 consagra la Ejemplaridad como uno de los deberes éticos que debe guiar la actuación y conducta de los funcionarios públicos y sus administraciones. Desde la perspectiva que ofrecen estos dos marcos, el legal y el ético, la Agrupación de Ciutadans de Sabadell reincide en analizar el funcionamiento y actuación del servicio de grúa municipal que ofrece nuestro ayuntamiento y sufren nuestros conciudadanos.
Como ya advertimos en anteriores comunicados sobre la línea erróneamente seguida, según nuestro parecer, por el Consistorio Municipal en cuánto a la política policial, a la vez y acotando el tema, se hizo especial mención también a lo irregular del procedimiento aplicado a la retirada de vehículos de la vías públicas de nuestra ciudad por parte de la empresa privada de grúa que opera bajo régimen de concesión administrativa para nuestro ayuntamiento, y todo ello con la necesaria aquiescencia, colaboración y complicidad de la policía local, su cúpula de mando y los representantes políticos municipales que ejercen funciones de gobierno. Decimos complicidad política también, porque consideramos que existe conocimiento de causa por parte de nuestros gobernantes locales.
En caso contrario, existiría como mínimo ineficacia y falta de control político. Tanto es así, que la callada, entonces, por respuesta del Consistorio Municipal, ante la gravedad de los hechos descritos y denunciados desde nuestra agrupación, nos indica y reafirma en lo acertado de los mismos. A fecha de hoy, no podemos más que lamentar que la situación denunciada persista tal y como la definimos en su día. El sistema de grúa exprés como se definió en su día, sin acompañamiento de agentes de la autoridad, que opera en nuestra ciudad es manifiestamente irregular en su operativa, hasta el punto que cabe señalar que en época del alcalde de Madrid, Sr.Alberto Ruíz Gallardón, éste consideró la posibilidad de instaurarlo sin atreverse finalmente por las carencias legales que el mismo planteaba. Resulta paradójico observar como un grupo de derecha liberal, como es el Partido Popular, desestima este procedimiento de visión mercantilista por no ajustarse a derecho y en cambio un grupo, a priori, socialista y de izquierda como el Psc no tiene reparos en aplicarlo. Pero la problemática descrita no sólo se queda ahí, sino que va aún más lejos.
La práctica habitual de este procedimiento exprés y la falta de crítica y autocrítica ha hecho pensar y proceder a sus responsables como si fueran inmunes ante los desmanes que esta operatividad de la grúa genera. Recientemente, por parte de la ciudadanía se nos ha hecho llegar información que compromete seriamente a este servicio dónde la misma policía local actúa por omisión en las infracciones que los conductores de los vehículos de grúa incurren a diario, fruto podríamos pensar de la presión laboral sobre objetivos que se les exige por parte de la empresa y del propio ayuntamiento. Esto les obliga a realizar un mínimo elevado de retiradas de vehículos al día, y para ello es primordial la máxima optimización del tiempo de trabajo, aún a costa de tener que incurrir en todo tipo de infracciones que procedemos a señalar. Se incumplen todo tipo de normativas de tráfico, tanto del Reglamento General de Circulación como del de Vehículos. Algunos ejemplos son, sin ir más lejos, no respetar las señales de tráfico como, sentidos obligatorios, direcciones contrarias, la prioridad de otros vehículos cuando éstos circulan correctamente, conducir en dirección contraria y sin activación de prioritarios, no identificar el vehículo grúa con su correspondiente matrícula durante el transporte de los turismos, denunciar y retirar vehículos con direcciones diferentes al lugar real de retirada del mismo y llevar prioritarios ópticos de color azul de uso exclusivo policial.
Esta dinámica optimizadora, no sólo comporta la comisión de sendas infracciones de tráfico, sino también la implementación de rutinas de trabajo que abogan por la retirada de aquellos vehículos estacionados en zonas determinadas de la ciudad que por la facilidad de retirada de los mismos permiten obtener mejores rendimientos económicos, al margen de que el servicio prestado sea el óptimo o no para la ciudadanía. Un simple cotejo numérico y comparativo de las denuncias con retirada de vehículo incluida efectuadas entre aquellas infracciones que perturban más al ciudadano como son las aplicadas a los vehículos estacionados en zonas de carga y descarga, plazas de minusválidos, vados, doble fila, paradas de autobús y aceras con las efectuadas a aquellos otros vehículos estacionados en zonas cuya molestia es mínima o escasa y cuya retirada es fácil, rápida y exenta de complicaciones con sus conductores, permitiría desgranar, aún más si cabe, el fondo de la cuestión. El resultado del mismo nos permitiría constatar, si la prioridad para el Consistorio Municipal recae en la prestación de un servicio público eficaz y resolutivo, por cuánto se orienta hacia la resolución directa de problemas concretos de sus habitantes , o si por el contrario, ésta queda supeditada a un puro afán recaudatorio sin más.
Consideramos que cuando el Bien público a proteger por la administración (como en el caso que nos ocupa, debiera ser, retirar de las vías aquellos vehículos que más perturban la convivencia de nuestros ciudadanos) entra en conflicto con el interés económico (que en nuestro caso, consiste en retirar el máximo número posible de vehículos, sin otro sentido), aquel debe prevalecer siempre sobre éste.
De esta situación se infieren como mínimo dos problemas concretos y no de importancia menor, como anunciábamos al inicio del artículo. El primero es que no se cumple el principio de Legalidad, por cuánto no se respetan las normas que entre todos nos hemos dado democráticamente. Y el segundo es que tampoco se cumple el principio ético de Ejemplaridad que debe mediar en toda actuación de la administración, en este caso de la local, y de las entidades que trabajan para ésta prestando servicios de carácter público.
Esta situación en concreto no es más que un botón de muestra de la incapacidad de nuestro gobernantes municipales en el ejercicio correcto de sus funciones políticas de control y supervisión de la administración y de la falta de legitimidad ética y democrática para seguir ejerciendo tales funciones.